Representación jurídica en derecho migratorio: residencia, reagrupación familiar y asilo en Zúrich
¿Permiso de residencia denegado, reagrupación familiar rechazada, expulsión anunciada o decisión de asilo negativa? Le representamos ante las oficinas de migración, la Secretaría de Estado de Migración (SEM) y el Tribunal Administrativo Federal. Por escrito, con un plan claro de plazos, en varios idiomas y con transparencia de costes.
Primera valoración en 24 horas · Confidencial · También con pocos recursos (posible asistencia jurídica gratuita)
Derecho migratorio suizo: nuestros servicios
Acompañamos a particulares y empresas en todos los procedimientos relativos a residencia, familia, trabajo y nacionalidad, y seguimos actuando en derecho de asilo.
Permisos de residencia y de establecimiento
Prórroga, transformación y concesión de permisos de residencia y de establecimiento.
Reagrupación familiar
Solicitudes de reagrupación de familiares cercanos en el marco del derecho de asilo y de extranjería.
Solicitudes por caso de rigor
Solicitudes de permiso de residencia tras una larga estancia con integración especial.
Naturalización
Naturalización ordinaria y facilitada: examen de los requisitos, preparación de la solicitud y recurso en caso de denegación.
Visado, expulsión y revocación
Reclamación ante un visado denegado y recursos contra la expulsión, la revocación o la no renovación de un permiso.
Derecho de asilo y recursos
Recursos ante el Tribunal Administrativo Federal contra decisiones negativas de asilo, de expulsión y de inadmisión, así como solicitudes de reconsideración, incluido el examen de la asistencia jurídica gratuita.
¿Qué es el derecho migratorio?
El derecho migratorio regula la entrada, la residencia, el trabajo, la reagrupación familiar, la naturalización y la expulsión de las personas extranjeras en Suiza. Las leyes principales son la Ley de Extranjería e Integración (AIG), la Ley de Asilo (AsylG) y la Ley de Nacionalidad (BüG).
Los permisos más importantes de un vistazo
| Permiso | Significado | Duración típica |
|---|---|---|
| L | Permiso de estancia de corta duración | hasta 12 meses |
| B | Permiso de residencia | normalmente 1 año (terceros Estados) o 5 años (UE/AELC), renovable |
| C | Permiso de establecimiento | indefinido, normalmente tras 10 años, antes con buena integración |
| F | Admisión provisional | se prorroga cada vez por 12 meses |
| N | Solicitantes de asilo con procedimiento en curso | hasta la decisión de asilo |
| S | Estatuto de protección S | limitado, mientras exista necesidad de protección |
Fecha: octubre de 2026. Información general, no asesoramiento jurídico para un caso concreto. Bases legales: AIG, VZAE, AsylG. Autoridad: Secretaría de Estado de Migración (SEM).
Nota: las leyes se citan con sus siglas alemanas (AIG = Ley de Extranjería e Integración, VZAE = Ordenanza sobre admisión, residencia y actividad lucrativa, AsylG = Ley de Asilo, BüG = Ley de Nacionalidad, SR = Compilación Sistemática del Derecho Federal). Los enlaces de Fedlex llevan a los originales en alemán.
Exponer su casoQuiénes somos
Nuestro despacho, con sede en Zúrich, acompaña a particulares y empresas en derecho migratorio, desde el permiso de residencia y la reagrupación familiar hasta los casos de rigor y la naturalización, la expulsión y el procedimiento de asilo. Conocemos la lógica procesal, los plazos y la práctica de las oficinas de migración, de la SEM y del Tribunal Administrativo Federal.
Trabajamos por escrito, de forma estructurada y con planes de plazos claros. Celebramos reuniones, según sea necesario, por teléfono o por vídeo, para que pueda trabajar con nosotros con independencia de su lugar de residencia.
Ponerse en contacto con nosotrosBuscamos refuerzo jurídico de forma continua
¿Le interesan el derecho migratorio y el derecho de asilo y valora el trabajo estructurado y escrito sobre los casos? Esperamos su candidatura espontánea. En nuestro despacho es posible trabajar a distancia y con horarios flexibles.
¿Cuándo necesito representación jurídica?
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Las respuestas a lo que más nos preguntan nuestros clientes.
La asistencia jurídica gratuita le exime de las costas del procedimiento y permite designar a un asistente jurídico gratuito, siempre que carezca de medios y su pretensión no se considere sin perspectivas de éxito. Examinamos sin compromiso si se cumplen estos requisitos en su caso y, de ser así, presentamos la solicitud.
Para los clientes que financian el mandato de forma privada, trabajamos por regla general con una tarifa plana por paso del procedimiento, que fijamos por escrito antes de iniciar el mandato. Así conoce los costes desde el principio y no se lleva sorpresas después.
Tras su contacto, respondemos en 24 horas para una breve primera valoración. Si su asunto parece tener perspectivas, recibirá un poder de representación y un resumen del procedimiento y de los costes. A continuación asumimos la correspondencia con las autoridades y le mantenemos informado en todo momento del estado del procedimiento.
Los procedimientos de recurso y de solicitud que llevamos son, en principio, escritos. Por regla general, en estos procedimientos no es necesaria su presencia personal en las audiencias ante las autoridades; si es necesario, le preparamos por escrito.
La duración del procedimiento depende de la instancia y de la complejidad del caso y puede ir de pocos meses a más de un año. Al inicio del mandato le informamos de la duración realista que cabe esperar.
El mandato se lleva en alemán, inglés, francés, español, italiano o persa. En casos complejos puede recurrirse además a un intérprete. Cualquier otro idioma, por ejemplo árabe, turco, ruso o tigriña, es posible con intérprete cuando sea necesario; no dude en consultarnos.
No. Las autoridades y los tribunales deciden sobre los permisos y los recursos, a menudo con margen de apreciación. Por ello, una representación jurídica seria no puede garantizar el éxito. Sí le garantizamos una valoración honesta de sus posibilidades antes de iniciar el mandato, una representación diligente y dentro de plazo, y costes claros.
El permiso L es para estancias temporales de hasta 12 meses y el permiso B para estancias más largas, por ejemplo por trabajo, familia o formación. El permiso C es indefinido y normalmente se concede tras 10 años de residencia, antes si hay buena integración. Qué permiso le corresponde depende de la nacionalidad, la finalidad y la duración de la estancia. Lo aclaramos en la primera valoración.
Para la naturalización ordinaria, la Ley de Nacionalidad exige normalmente un permiso de establecimiento C y 10 años de residencia en total en Suiza (art. 9 BüG). Los años entre los 8 y los 18 años cuentan doble. Se añaden requisitos cantonales y municipales, y la duración del procedimiento varía según el cantón.
Contra las decisiones negativas suele haber un recurso, pero los plazos son cortos: ante un visado denegado son 30 días para recurrir ante la SEM, en muchas otras resoluciones también 30 días y en el procedimiento de asilo a veces solo 5 o 7 días hábiles. Por eso envíenos la resolución de inmediato. Comprobamos el plazo y las posibilidades de éxito.
Sí. Apoyamos a las empresas con permisos para personal cualificado, desplazamientos y traslados intragrupo, así como con el traslado de su sede a Suiza.